GEOGRAFÍA - POLÍTICA: Unión Europea (UE) - 7ª parte
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Geografía

POLÍTICA

Unión Europea (UE) - 7ª parte


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   Tratado de Amsterdam   Ampliaciones

Historia de la Unión Europea (continuación)

Reformas del Tratado de Maastricht: el Tratado de Amsterdam

l Tratado de Maastricht o Tratado de la Unión Europea, estableció la forma en que debía construirse el futuro europeo, pero la previsible adhesión de nuevos miembros en un plazo corto de tiempo hacía necesario su revisión. Todas las inquietudes en este sentido, ya percibidas con anterioridad durante la Conferencia Intergubernamental que se inició en Turín el 29 de marzo de 1996, fueron llevadas a la cumbre del Consejo Europeo que se celebró en Amsterdam el 17 de junio de 1997. En ella se pretendía abordar la reforma de variados puntos controvertidos, tales como la política exterior y de seguridad común, empleo, libre circulación de ciudadanos, justicia, y reforma institucional.

Los únicos acuerdos obtenidos fueron los relativos a la representación en la Comisión Europea de un único comisario por país tras la ampliación, la ratificación del Pacto de Estabilidad, el fomento de políticas activas de empleo con financiación del Banco Europeo de Inversiones (BEI), y la incorporación al Tratado de Amsterdam del Acuerdo o Tratado de Schengen, firmados en 1985 y 1990 por Alemania, Bélgica, Francia, Luxemburgo, Países Bajos, y más tarde suscritos también por España, Italia, Portugal, Grecia y Austria, por el cual se suprimían progresivamente los controles fronterizos y se permitía la libre circulación de personas; Dinamarca, Irlanda y Gran Bretaña no estaban incluidos en el "espacio Schengen", pero se aplicarían regímenes especiales de cooperación con los demás miembros adheridos al Tratado de Schengen. La libre circulación de personas también implicaba una mayor y más estrecha cooperación en materia de seguridad, reforzando la cooperación a través de Europol (la organización que agrupa las policías de la UE).

El resto de cuestiones quedaron pospuestos para una nueva Conferencia Intergubernamental por las evidentes diferencias que demostraban los jefes de Estado y de gobierno; Gran Bretaña se opuso a la integración de la Unión Europea Occidental (UEO) en la estructura de la UE, por lo que este asunto también quedó relegado.

A pesar del corto recorrido de los acuerdos del Tratado de Amsterdam, en el texto definitivo se habían consensuado una serie de objetivos a alcanzar, tales como el establecimiento de una política exterior y de seguridad común (la llamada PESC), fomento del empleo mediante planificación y coordinación de políticas conjuntas, y lucha contra cualquier forma de discriminación o vulneración de los derechos humanos (el Consejo de Ministros quedaría facultado para suspender el derecho de voto de un Estado miembro que los vulnerase gravemente).

El Tratado de Amsterdam fue firmado oficialmente el 2 de octubre de 1997, entrando en vigor el 1 de mayo de 1999 tras ser ratificado por los diferentes parlamentos nacionales de los hasta entonces quince países miembros.

Ampliaciones hacia la antigua esfera comunista

Enuna cumbre del Consejo Europeo celebrada en Luxemburgo el 12 y 13 de diciembre de 1997, se estableció el proceso por el cual se admitirían nuevos miembros en la UE. La gran mayoría de candidatos (hasta un total de once) provenían de Europa oriental, los cuales fueron invitados formalmente a iniciar las negociaciones de adhesión al finalizar la cumbre.

Dadas las diferencias de tipo económico y político existentes entre los países candidatos, se procedió a dividirlos en dos grupos que implicaban distintas velocidades de ingreso. El primero de los grupos estaba formado por Chipre, República Checa, Estonia, Polonia, Hungría y Eslovenia; el segundo grupo lo componían Bulgaria, Letonia, Lituania, Rumania, Eslovaquia, y un poco más tarde también Malta. Turquía no fue invitada, lo que provocó profundas tensiones entre ésta y la UE, aunque se aceptó finalmente su candidatura en diciembre de 1999.

El 30 de marzo de 1998 comenzaron las primeras negociaciones formales para el ingreso de los países integrantes del primer grupo. Las negociaciones para el ingreso del segundo grupo quedaría pospuesto, al precisarse un tiempo mayor para que estos países cumpliesen los requisitos necesarios. En cualquier caso, todos los candidatos debían cumplir determinados parámetros políticos y económicos obligatorios para ser aceptados definitivamente en la Unión Europea.

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