ANTÁRTIDA - LEGISLACIÓN: Observaciones: otros instrumentos y organismos asociados
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Antártida

LEGISLACIÓN - OBSERVACIONES

Otros instrumentos y organismos asociados


letra capitular Existen muchos aspectos del Tratado Antártico que no fueron considerados durante su negociación, en parte motivado por la situación política del momento. A partir de entonces el tratado se ha ido enriqueciendo progresivamente con otros acuerdos, como la "Convención de medidas para la protección de la flora y fauna antárticas". Celebrada en Bélgica en 1964. En ella se designó a la Antártida "Zona especial de conservación", y fueron establecidas "Especies protegidas", "Zonas especialmente protegidas" y "Sitios de Especial interés científico".

Otro acuerdo importante fue el "Protocolo al Tratado Antártico sobre protección del medio ambiente", adoptado en Madrid el 3 de octubre de 1991, por el cual se declaró a la Antártida "Reserva natural dedicada a la paz y a la ciencia" (véase el artículo Observaciones: "El Protocolo al Tratado Antártico sobre protección del medio ambiente"); además, el Tratado se integra y complementa con Otros instrumentos y organismos asociados, como son:

  • "Convención para la conservación de las focas antárticas (ASC)", celebrado en 1972 y entrado en vigor en 1978. En ella se establecieron límites a las capturas de focas antárticas según la especie, con periodos de veda y zonas permitidas. Desde la entrada en vigor del acuerdo no se tiene conocimiento de que se hayan registrado capturas en la Antártida de estos animales.
  • "Convención para la conservación de los recursos vivos marinos antárticos (CCMLAR)", celebrado en Camberra, Australia, en 1980 y entrado en vigor el 7 de abril de 1982. Tiene sede permanente en Hobart, Tasmania, Australia. Tiene como objetivo la conservación de todos los recursos vivos marinos antárticos, excepto las ballenas que ya están incluidas en otros acuerdos exclusivos para estos animales. El término "conservación" se define como "utilización racional" de los recursos vivos.
  • "Convención para la Regulación de las Actividades sobre Recursos Minerales Antárticos (CRAMRA)".
  • "Convención que reglamenta la caza de la ballena". Acuerdo por el que básicamente se instaura un sistema de reglamentación internacional de la pesca de la ballena, que asegure una conservación y desarrollo conveniente y efectivo de las existencias de ballenas, sobre las bases de los principios establecidos en las disposiciones del Acuerdo Internacional que reglamenta la caza de la ballena, que fuera firmado en Londres el 8 de junio de 1937, y los Protocolos a dicho acuerdo firmados en Londres el 24 de junio de 1938 y 20 de noviembre de 1945.
  • Evaluación del impacto sobre el medio ambiente (Circulación de Información).
  • Comité Permanente de Logística y Operaciones Antárticas (SCALOP)
  • SCAR: (Comité Científico de Investigaciones Antárticas). Se encarga de la actividad científica internacional, iniciando, promoviendo, coordinando e intercambiando información. Fue creado en 1958 por los mismos países que más tarde firmaron el Tratado Antártico. Los diferentes comités nacionales del SCAR mantienen relación con los miembros del Tratado Antártico. Está compuesto por un comité ejecutivo de 4 miembros renovables cada cuatrienio, y grupos de trabajos estables en diferentes ramas científicas, así como personal especialista en explotación de los recursos vivos y minerales. Posee una secretaría permanente cuya sede se encuentra en Cambridge (Gran Bretaña).
  • COMNAP (Reunión de Administradores de Programas Nacionales Antárticos). Se trata de un órgano intergubernamental cuyo cometido principal es es el análisis, cooperación y coordinación de actividades científicas, técnicas y logísticas entre los responsables de los programas antárticos que desarrollan los miembros del Tratado Antártico.
  • RAPAL (Reunión de Administradores de Programas Antárticos Latinoamericanos). Asambleas que se realizan anualmente desde 1990 por iniciativa de Argentina. Integran este foro: Argentina, Brasil, Chile, Ecuador, Perú y Uruguay, los cuales tienen actividad científica en la Antártida. Las reuniones se realizan mediante rotación entre los países miembros, y aunque no participan en las reuniones consultivas del Tratado Antártico, tienden a consolidar un foro regional común que promueva la coordinación y optimización de recursos entre los diferentes programas antárticos nacionales, reduciendo costos y compartiendo esfuerzos, además de fijar estrategias comunes. Se define como: Foro de reflexión, espacio de cooperación y mecanismo de concertación.
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